La ley de emergencia social que propone hoy Podemos por carta a todos los grupos parlamentarios para que nadie sea desahuciado si no hay una vivienda alternativa que ofrecerle, no le corten la luz, un anciano que no pueda pagar sus medicamentos reciba ayuda... es mejor incluso que la muy buena ley de dependencia de Zapatero. La llaman ley 25 en honor del artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Los patriotas de hojalata, los traidores que se llenan la boca de Patria y se envuelven en la bandera para ocultar sus miserias encontrarán un motivo para oponerse. Pero esos para mí son los enemigos de la Patria y de los españoles. Fascismo más o menos ignorante. Si se puede acabar con los corruptos y los fascistas y imponer la justicia social en España. Adelante los patriotas de Podemos y que se sumen los del PSOE y otros patriotas de izquierda, patriotas de la gente y no de las cuentas en Suiza. Esta propuesta es espíritu de Navidad de verdad, sin hipócritas que desean feliz Navidad a un mendigo al que ellos mismos han enviado ahí echándolo de su casa y su trabajo.
Art. 25: " 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencias especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
Art. 25: " 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencias especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
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