jueves, 3 de agosto de 2017

Razones De Peso, Moral, Y Prescindibles Caprichos

 Este ejemplo, el aborto terapeútico,  me sirve para diferenciar razón o razón de peso, decimos, y capricho.
La razón, cualquiera de ellas, es de peso. No es un capricho, pero llega una élite caprichosa y lo prohibe ya que la enfermedad que padecerá la criatura les dará bienes caprichosos, vidas de capricho,  hasta que el aumento cuantitativo de estos les supone todo lo contrario; la prohibición se vuelve en su contra y les supone prescindir de, a su vez, prescindibles caprichos; entonces pasan a un exterminio espartano o hitleriano de ellos, unas criaturas que para salvar habrá que ocultar para que no sean conocidas ni reconocidas sin salir de casa, como ha ocurrido. Condenadas de por vida a la más absoluta oscuridad por bailar al son que toca o dicta su caprichosismo. 

Moralmente están Justificados, lo que no está el caprichosismo
 

Justificaciones médicas

Las razones médicas básicas por las que se justifica el aborto terapéutico son 5 formas:
  • Riesgo grave para la vida de la madre, cuando la continuación del embarazo o el parto significan un riesgo grave para la vida de la madre.
  • Para salvaguardar la salud física o mental de la madre, cuando éstas están amenazadas por el embarazo o por el parto.
  • Riesgo de enfermedad congénita o genética, para evitar el nacimiento de un niño con una enfermedad congénita o genética grave que es fatal o que le condena a padecimientos o discapacidades muy graves, que ponen en peligro mortal su vida.
  • Reducción de embriones o fetos en embarazos múltiples, hasta un número que haga el riesgo aceptable y el embarazo viable.
  • Riesgo grave para la vida del hijo, cuando la continuación del embarazo o el parto significan un riesgo grave para la vida del hijo, ya sea porque viene con una malformación, o tiene un muy alto riesgo de muerte dolorosa al momento o poco después del nacimiento.


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