Supongamos que sin haberlo comido ni bebido y entreteniéndote con el no sé, no contesto, fue por amor y todos esos enredos, una empresa te debiese 80, 90 horas.
Esas 80, 90 horas repercuten peor que mal en tu paro y jubilación ya que no constan en tu contrato ! No has cotizado por ellas por lo que también repercuten mal en la recaudación !
Y serían 4 contratos de 20, 22 horas que no se realizan
¿ Y en qué cabeza cabe que sin deber una o un cotizante horas a la empresa haya que pagárselas por adelantado ?
¿ Y cuántas horas consentiría una empresa que le debiese o prestaría a un cotizante; 80, 90, 100 ?
¿ Y cómo es que las debes si no puedes moverte de tu lugar de trabajo ?
Huele a fraude
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