Larga Infancia Verano Otoño Invierno
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx POSESIVO IRRACIONAL ! Irrespetuoso con la civilizada, adulta voluntad, albedrío, libertad !
XXXXXXXXXXXXXXXXX POSESIVO racional, civilizado, ético, noble, moral, afectivo, emotivo
UE Irrespetuoso Posesivo SubCivilizado, Infantil
Primitivas banderas,
salvajes fronteras,
bárbaras señales, marcas,
brutos dominios habitados
por muchos civilizados y pocos incivilizados
EVOLUCIÓN DE SALVAJES A CIVILIZADOS, ÉTICOS, NOBLES, MORALES
Larga Infancia Verano Otoño Invierno
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx POSESIVO IRRACIONAL ! Irrespetuoso con la civilizada, adulta voluntad, albedrío, libertad !
XXXXXXXXXXXXXXX POSESIVO racional, civilizado, ético, noble, moral, afectivo, emotivo
UE. Libertina Voluntad
libertinaje
- m. Actitud irrespetuosa de la ley, la ética o la moral de quien abusa de su propia libertad con menoscabo de la de los demás:
la libertad en ocasiones se transforma en libertinaje. - Desenfreno en el modo de obrar o de hablar.
Hasta el 90% en contra
Se debe recordar que, de entre los países que apoyaron la invasión de Irak, España fue el que más contestación pública tuvo. A la vez que Blair y Aznar negociaban, cientos de miles de personas se manifestaban en las principales ciudades en contra de la guerra.El rechazo a la intervención en Irak llegó hasta tal punto que los sondeos mostraron que cerca del 90% de la población estaba en contra. Mientras que Aznar hacía oídos sordos.
Pero no fue el único que despreció la voluntad del 90%, el Jefe de Estado que nos hereda de forma vitalicia y nos deja y a nuestros descendientes como herencia también.
Artículo 62
Corresponde al Rey:
a) Sancionar y promulgar las leyes.
b) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los
términos previstos en la Constitución.
c) Convocar a referéndum en los casos previstos en
la Constitución.
d) Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso,
nombrarlo, así como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la
Constitución.
e) Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su
Presidente.
f) Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros, conferir los
empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes.
g) Ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos efectos, las
sesiones del Consejo de Ministros, cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente
del Gobierno.
h) El mando supremo de las Fuerzas Armadas.
i) Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá
autorizar indultos generales.
j) El Alto Patronazgo de las Reales Academias.
Artículo 63
- El Rey acredita a los embajadores y otros representantes diplomáticos. Los representantes extranjeros en España están acreditados ante él.
- Al Rey corresponde manifestar el consentimiento del Estado para obligarse internacionalmente por medio de tratados, de conformidad con la Constitución y las leyes.
- Al Rey corresponde, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz.
Artículo 64
UE Jefes de Estado A Voluntad Del Pueblo o Dictatorial
Presidente de Alemania - Wikipedia, la enciclopedia libre
https://es.wikipedia.org/wiki/Presidente_de_Alemania
Gobierno de Francia - Wikipedia, la enciclopedia libre
https://es.wikipedia.org/wiki/Gobierno_de_Francia
Presidente de la República Portuguesa - Wikipedia, la enciclopedia libre
https://es.wikipedia.org/wiki/Presidente_de_la_República_Portuguesa
Presidente de los Estados Unidos - Wikipedia, la enciclopedia libre
https://es.wikipedia.org/wiki/Presidente_de_los_Estados_Unidos
ETC ETC
Por La Dictatorial Voluntad Del Dominante Franco
UE Ilegalidad
EVOLUCIÓN DE PRIMITIVOS A CIVILIZADOS
Larga Primavera Verano Otoño Invierno
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Primitivos, salvajes, brutos, libertinos
XXXXXXXXXXXX Civilizados, éticos, nobles, morales
El dominante macho Franco nos dejó como herencia, a vidas humanas como herencia, legado a sus sucesores que se han viciado.
ES SU TESTAMENTO O ÚLTIMAS VOLUNTADES ! Muy legal, ético, moral, noble, civilizado - ironía - !
Juan Carlos I de España (Roma, 5 de enero de 1938) fue rey de España desde el 22 de noviembre de 1975 hasta el 19 de junio de 2014, fecha de su abdicación y del acceso a la jefatura del Estado de su hijo Felipe VI. Ostenta de forma vitalicia la dignidad de rey y es capitán general de las Fuerzas Armadas en la reserva,789 aunque no ejerce funciones constitucionales sino solo protocolares como miembro de la familia real.
Fue proclamado el 22 de noviembre de 1975, tras la muerte de Francisco Franco, de acuerdo con la Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado de 1947. La Constitución española, ratificada por referéndum popular el 6 de diciembre de 1978 y promulgada el 27 de diciembre del mismo año, lo reconoce expresamente como rey de España y legítimo heredero de la dinastía histórica de Borbón, otorgándole la jefatura del Estado. La Carta Magna confiere a su dignidad el rango de símbolo de la unidad nacional. Anteriormente a su proclamación, había desempeñado funciones interinas en la jefatura del Estado durante la enfermedad de Franco.
Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado
Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado | |
Entrada en vigor: | 26 de julio de 1947 |
---|---|
Reforma: | |
Derogación: | Con la Constitución de 1978 |
El proyecto de esta Ley fue remitido por el Gobierno a las Cortes el 28 de marzo de 1947. Tuvo un proceso de elaboración corto y fue aprobada por las Cortes Españolas en su sesión de 7 de junio de 1947 y sometida a referéndum que se celebró el 6 de julio de 1947, entrando en vigor el 26 de julio de 1947.
La Constitución española de 1978.
Título II. De la Corona
Artículo 56
-
El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.
-
Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona.
-
La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65.2.
Artículo 57
- La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.
- El Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España.
- Extinguidas todas las líneas llamadas en Derecho, las Cortes Generales proveerán a la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España.
- Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes.
- Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica.
Artículo 58
La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones
constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia.
Artículo 59
- Cuando el Rey fuere menor de edad, el padre o la madre del Rey y, en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona, según el orden establecido en la Constitución, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia y la ejercerá durante el tiempo de la minoría de edad del Rey.
- Si el Rey se inhabilitare para el ejercicio de su autoridad y la imposibilidad fuere reconocida por las Cortes Generales, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia el Príncipe heredero de la Corona, si fuere mayor de edad. Si no lo fuere, se procederá de la manera prevista en el apartado anterior, hasta que el Príncipe heredero alcance la mayoría de edad.
- Si no hubiere ninguna persona a quien corresponda la Regencia, ésta será nombrada por las Cortes Generales, y se compondrá de una, tres o cinco personas.
- Para ejercer la Regencia es preciso ser español y mayor de edad.
- La Regencia se ejercerá por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey.
Artículo 60
- Será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey difunto, siempre que sea mayor de edad y español de nacimiento; si no lo hubiese nombrado, será tutor el padre o la madre mientras permanezcan viudos. En su defecto, lo nombrarán las Cortes Generales, pero no podrán acumularse los cargos de Regente y de tutor sino en el padre, madre o ascendientes directos del Rey.
- El ejercicio de la tutela es también incompatible con el de todo cargo o representación política.
Artículo 61
- El Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas.
- El Príncipe heredero, al alcanzar la mayoría de edad, y el Regente o Regentes al hacerse cargo de sus funciones, prestarán el mismo juramento, así como el de fidelidad al Rey.
Artículo 62
Corresponde al Rey:
a) Sancionar y promulgar las leyes.
b) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los
términos previstos en la Constitución.
c) Convocar a referéndum en los casos previstos en
la Constitución.
d) Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso,
nombrarlo, así como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la
Constitución.
e) Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su
Presidente.
f) Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros, conferir los
empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes.
g) Ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos efectos, las
sesiones del Consejo de Ministros, cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente
del Gobierno.
h) El mando supremo de las Fuerzas Armadas.
i) Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá
autorizar indultos generales.
j) El Alto Patronazgo de las Reales Academias.
Artículo 63
- El Rey acredita a los embajadores y otros representantes diplomáticos. Los representantes extranjeros en España están acreditados ante él.
- Al Rey corresponde manifestar el consentimiento del Estado para obligarse internacionalmente por medio de tratados, de conformidad con la Constitución y las leyes.
- Al Rey corresponde, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz.
Artículo 64
- Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso.
- De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.
Artículo 65
- El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma.
- El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.
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