Nadie veta a Física Sanidad
intervenir como tal en lo grande y lo pequeño,
en lo que es grave o no grave que poder
puede agravarse.
Lo impone propia Moral, la Palabra, el Amor Propio
y nos lo impone el ajeno en lo que es grave y pequeño
! Una, única Moral lo urgente y lo demorable !
Creo que vale el ejemplo
La omisión del deber de socorro se define en los artículos 195 y 196. Este delito se define como la no prestación del debido socorro a una persona que se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, siempre y cuando este socorro pueda prestarse sin riesgo propio ni de terceros --artículo 195.1 del Código Penal-
Más la Sanidad Moral ...Es inadmisible esto
esto es una aberración
pues la Moral emanada de Dios, Dios Amor, Dios Amor Propio de cual el resto de Afectos.
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